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22
Septiembre
2022

El Ayuntamiento ultima la normativa en materia de patinetes

Una norma esperada desde el mes de enero pasado, tras la reforma de la Ley de Tráfico

El Ayuntamiento ultima la normativa en materia de patinetes

Innumerables son los accidentes e imprudencias que llevan provocados los usuarios de Vehículo de Movilidad Personal (VMP), los conocidos como patinetes eléctricos. Esto obligó al Gobierno central a modificar la Ley de Tráfico, cuya aplicación depende de las ordenanzas municipales.

Y, aunque la norma fue publicada en enero de este año, el Ayuntamiento sigue con el proceso de redacción de la normativa local en esta materia. Según ha avanzado el concejal del ramo, Enrique Rodríguez, confían tenerla aprobada de manera inicial en las próximas semanas. El edil ha señalado que “desde el ámbito estatal se nos ha otorgado una serie de competencias que regularemos con la ordenanza, como el uso obligatorio del casco o la necesidad de contar con un seguro, además de la regulación de determinadas vías para este tipo de vehículo”.

Rodríguez ha adelantado que están trabajando para desarrollar campañas en este ámbito y lograr la concienciación de usuarios de patinetes, “ya que nos preocupa el grado de incumplimiento de algunos de ellos pese a la vulnerabilidad de sus vehículos”. Además, ha indicado que el Ayuntamiento “apuesta de forma clara por la seguridad vial en todos los ámbitos, desde cuestiones de prevención y sensibilización hasta diferentes actuaciones que se desarrollan como los planes de señalización, las medidas de calmado de tráfico o la ejecución de itinerarios peatonales, como el que próximamente vamos a llevar a cabo en la zona de la estación de autobuses”.

Características técnicas

Entre otras, según se establece en la Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, los VMP que sean vendidos a partir del año 2024, deberán disponer de una certificación del fabricante para su uso. Los adquiridos con anterioridad, podrán circular sin ese título hasta el mes de enero de 2027.

Dicho certificado habilitará entonces a los VMP para circular por vías públicas, adaptándose a las características técnicas exigidas por la normativa nacional e internacional, ciñéndose a los estándares de calidad en la fabricación, teniendo en cuenta su robustez, electromagnetismo, resistencia al agua y, sobre todo, la protección de su batería. También tendrán que disponer de un buen sistema de frenado, luces o catadióptricos, claxon y un portaidentificador. Además, el vehículo tendrá que disponer de un sistema que corte la energía al superar los 25 km/hora, velocidad máxima a la que estará autorizado circular.

Otras medidas

Por otra parte, según se indica en el Artículo 47 de la Ley sobre Tráfico, "el conductor de un Vehículo de Movilidad Personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine".

Finalmente, conductores y agentes de tráfico deben saber que "los Vehículos de Movilidad Personal, las bicicletas y ciclos no podrán circular por las aceras".

Próximamente

Debido al aumento de la siniestrabilidad e imprudencias registradas, teniendo como protagonistas a los conductores de este tipo de vehículos, se baraja la implantación de un seguro obligatorio, cuestión ya anunciada por la Dirección General de Tráfico y recientemente solicitada por la Fiscalía General del Estado, para solventar la irresponsabilidad que supone dejar prácticamente desamparadas a las víctimas de estos accidentes, "al margen de encontrarse en una evidente situación de vulnerabilidad frente a vehículos de mayor masa y volumen, pueden también (particularmente cuando atropellan a peatones) ser sujetos activos de los delitos de homicidios y lesiones imprudentes.", según se desprende de la Memoria Anual presentada por esta institución al inicio del Año Judicial.

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Autor; Radio San Pedro Alcántara Categorías: Seguridad Vial, Tráfico, Seguridad

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Radio San Pedro Alcántara

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